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Lunes, 8 noviembre 2021

Alcaldía

Yolanda Balaguer fue nombrada alcaldesa de Oliva en el plenario del día 17 de septiembre de 2021, con los votos de los regidores de Compromís y PSPV, después de que el anterior alcalde, David González, renunciara para ocupar un cargo al gobierno valenciano. Nació a Oliva el 1968, y vivió hasta los 18 años en la calle Alcalde Francisco Llorca. En la actualidad vive en el barrio Arrabal Gerrería, está casada y es madre de 2 hijas.

Estudió en el colegio El Rebollet, y en el IES Gabriel Ciscar. El año 1992 se graduó como técnica especialista en Relaciones Públicas, por la Academia Pax de Valencia. Al acabar los estudios en València, se desplazó en Londres (Inglaterra), donde trabajó y estudiar para perfeccionar el inglés y especializarse en Viajes y Turismo al Hackney Community College de Londres hasta el 1995.

A lo largo de sus estudios tuvo varias ocupaciones. Una vez se especializó en Turismo, se dedicó profesionalmente al sector turístico y trabajó en varias multinacionales en Londres, València, Sydney y Madrid. Del 2000 al 2003 estuvo empleada por el Ayuntamiento de Oxford (Inglaterra) a la Oficina de Atención Ciudadana. El 2003 volvió a Oliva, y desde el 2004 al 2008 trabajó como administrativa en el Ayuntamiento de Oliva en varios departamentos, destacando el de Comercio, desde el cual se tuvo que encargar de montar la Feria del Motor del año 2008.

Desde el 2008 al 2018 trabajó de administrativa comercial bilingüe en una empresa de energías renovables, regentada por empresarios ingleses. El 2019 se le ofreció formar parte de la lista electoral de Compromís por Oliva, y desde julio de 2019 ha sido regidora del Ayuntamiento de Oliva, y ha ocupado las delegaciones de Comercio, Mercados y Consumo y de Bienestar Social.

Es una gran aficionada del patinaje artístico; forma parte del Club Patinamos Oliva desde 2017, y ha sido miembro de la junta hasta mayo del 2019, cuando formó parte de la lista de Compromís por Oliva. Miembro de la Asociación de vecinos del Arrabal Gerrería, junta de la cual formaba parte hasta la misma fecha. Miembro familiar de ASMISAF (Asociación de Minusválidos de la Safor) desde 1983. Le gusta la lectura, el cine y la música, pasear por el mar, la montaña y el marjal, si le queda tiempo.

Yolanda es devota de Oliva, pero es consciente de sus carencias y potencialidades, por eso se compromete a trabajar de valiente, sumando esfuerzos y uniendo voluntades con sus vecinos para mejorar la ciudad conjuntamente.

Delegaciones y competencias

La alcaldesa es la jefa de la policía y del personal de la administración. La alcaldesa es la presidenta de la corporación y le corresponde ejercer por un lado las competencias establecidas por la legislación básica del Estado en materia de régimen local por la Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat de Régimen Local de la Comunidad Valenciana y por los reglamentos que la desarrollan, y por otro lado, aquellas que la legislación del Estado o de la Comunidad Autónoma asigna al municipio y no se atribuyen a ninguno otro órgano municipal. Dentro de su equipo de gobierno, ostenta las competencias de Comercio, Mercados y Consumo y de Seguridad Ciudadana.

Entre las funciones propias de Alcaldía, destacan:

  •     Dirigir el gobierno y la administración municipal.
  •     Representar el ayuntamiento.
  •     Convocar y presidir las sesiones del Pleno del Ayuntamiento, de la Junta de Gobierno Local y de cualesquiera otros órganos colegiados municipales.
  •     Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales.
  •     Dictar bandos.
  •     Autorizar, disponer gastos y reconocer obligaciones dentro de los límites de su competencia, así como ordenar pagos y rendición de cuentas.
  •     Presidir la comandancia superior de todo el personal de la Corporación.
  •     Ejercer la comandancia de la policía local, así como el nombramiento y sanción de los funcionarios que utilizan armas.
  •     Ejecutar acciones judiciales y administrativas en caso de urgencia.
  •     Adoptar personalmente, y bajo su responsabilidad, en caso de catástrofe o infortunios públicos, o grave riesgo de estos, las medidas necesarias y adecuadas, dando cuenta inmediato al pleno del Ayuntamiento.
  •     Sancionar las faltas de desobediencia a su autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales.

Para más información Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales. Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Oliva.

Retribuciones

La alcaldesa tiene una retribución de 33.110,00 euros brutos por año, según el acuerdo adoptado por el Pleno de fecha 25 de julio de 2019. La retribución neta es de 25.383,12 euros por año.

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